REGLAMENTO DE ADMISIÓN SOCIOS Y AFILIADOS
Art.1. Se establece que para la admisión en la categoría de socio deberá cumplir con los siguientes requisitos:
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- A. Tener como mínimo 90 (noventa) interpretaciones fijadas en fonogramas (grabaciones), en los últimos 10 (diez) años y haber generado en el último reparto, un importe superior al Salario Mínimo Vigente, excluyendo el fichero histórico.
Para el caso deberá cumplir con:
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- Firmar la Solicitud de Ingreso abalado por tres socios
- Firmar el contrato de Gestión de
- Presentar Certificado de Antecedentes
- Tener Residencia Permanente en la República del
- Abonar la cuota de ingreso por única vez equivalente a 5 (cinco) jornales mínimos.
Art.2. Se establece que para la admisión en la categoría de afiliado adherido deberá cumplir con al menos uno de los siguientes requisitos:
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- A. Tener como mínimo 30 (treinta) interpretaciones fijadas en fonogramas (grabaciones) de los cuales 15 (quince) de ellos hayan sido grabados en los últimos 2 (dos) años.
- B. Haber generado un importe superior al Salario Mínimo Vigente en el último reparto.
En ambos casos deberá cumplir con:
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- Firmar la Solicitud de Ingreso abalado por tres socios
- Firmar el contrato de Gestión de
- Abonar la cuota de ingreso por única vez equivalente a 3 (tres) jornales mínimos.
Art.3. Se establece que la cuota de ingreso para el caso de la recategorización de afiliado adherido a socio es de 5 (cinco) jornales mínimos.
Art.4. Se establece que abonaran el 50% de la cuota de ingreso, aquellos artistas quiénes hayan participado de las charlas organizadas por la entidad.
Art.5. Se establece que para la admisión de los herederos en la categoría de afiliado adherido deberá cumplir con la presentación de los siguientes requisitos:
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- A. Presentar Sentencia Declaratoria de Herederos original o copia
- B. Presentar Certificado o Resolución de Adjudicación de los derechos de intérprete o derechos generados en AIE, original o copia
- C. Presentar Certificado de la inscripción de la adjudicación expedida por la DINAPI, original o copia
- D. Firmar la Solicitud de
- E. Firmar el Contrato de Gestión de
- F. Abonar la cuota de ingreso por única vez equivalente a 3 (tres) jornales mínimos.
Art.6. Establecer que el Consejo Directivo podrá disponer de una audición de capacidades musicales para los solicitantes de admisión en los casos que se considere necesario.
Art.7. Establecer que esta decisión se comunicará de manera personal al afectado, a quién se le notificará la fecha y hora de la audición. –
Art.8. Establecer que, en caso de ausencia injustificada a dicha audición, se tendrá por desistida, quedando su solicitud de admisión archivada.
Art.9. Establecer que el procedimiento de reconsideración de esta solicitud, será conforme a lo previsto en el Art. 20 del Estatuto Social.
Art.10. Establecer la obligatoriedad de una charla de admisión (para afiliados y para recategorizaciones) con temas propios para cada categoría.
Art.11. En caso de menores de edad que sean representados por sus padres a fin de hacer efectivos sus derechos económicos, una vez que cumplan la mayoría de edad, deberán suscribir los respectivos documentos y abonar el costo de admisión de la categoría de afiliado adherido.
Art.12. Las solicitudes de admisión serán tratadas de manera Semestral a fin de estudiar los casos de manera ampliada.
Art.13. Comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.